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La baja por maternidad durante la prestación por desempleo

maternidad

Cuando solicitamos la baja por maternidad puede que nos veamos en una de estas tres situaciones:

  1. Mientras disfruto de la baja por maternidad finaliza el contrato laboral.
  2. Estoy cobrando el paro cuando solicitó la baja por maternidad.

Veamos qué dice la ley en estas dos situaciones:

Finaliza el contrato laboral durante la baja por maternidad

Al finalizar el contrato, el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) sigue acumulando y pagando la licencia de maternidad hasta el final del período de 16 semanas (cuatro meses de licencia de maternidad) o hasta el final de la licencia de enfermedad. Esta es una regla general, pero hay empresas que tienen acuerdos de interacción que pagan en lugar del INSS. Deberías preguntarle a la compañía.

Al final de la licencia de maternidad, ¿hay 15 días para solicitar el subsidio de desempleo, siempre que la empleada tenga derecho a él porque cumple los requisitos de cotización, etc.?

Así pues, los días en que la madre estaba en licencia de maternidad no se deducen de la duración del desempleo.

Se produce la baja por maternidad mientes se cobra la prestación por desempleo

Si percibe un subsidio de ahorro (subsidio de desempleo de 360 días o más) y queda embarazada, debe informar de ello a la Agencia de Empleo. Para ello, debe rellenar este formulario marcando la opción «maternidad/paternidad» y presentar un libro de familia o un documento que certifique la adopción o un informe de maternidad o cualquier otro documento que certifique esta situación.

A partir de ese momento, el subsidio de desempleo se suspende y el subsidio de maternidad es abonado por la Administración Nacional de Seguridad Social (NSSRA). El desempleo no se consume mientras dure la licencia de maternidad.

El pago a través del INSS no es automático. Una vez finalizado el procedimiento de suspensión, SEPE le entregará una copia de la solicitud presentada y, junto con una copia de la fecha y el motivo de la baja, deberá solicitar la prestación de maternidad/paternidad en la oficina del INSS, ya que es el INSS el que abona directamente la prestación de maternidad/paternidad a las personas que han percibido la prestación de desempleo contributiva.

Al final de su permiso de maternidad, debe solicitar a la Agencia de Empleo la reanudación del subsidio de desempleo. El plazo es de 15 días laborables y el subsidio de desempleo se calcula para el mismo período de tiempo y por el mismo importe que en el momento de la suspensión del pago de la prestación, es decir, no queda ni un solo día antes de que se pierda el pago de la prestación.

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