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Ayudas por Maternidad; Prestaciones y Duración

Si has sido o vas a ser madre está información te interesa. Te contamos todo lo que necesitas saber sobre las prestaciones por maternidad que te corresponden. Pero recuerda que estas ayudas no son solo por el nacimiento de un hijo, además también puedes solicitarlas si adoptas, acoges o se te concede la tutela.

ayudas por maternidad

Durante el descanso al que tienen acceso todas las madres y padres cuando nace, adoptan o tutela un hijo, se puede solicitar lo que conocemos como baja por maternidad. Mientras dure este periodo de baja, la Seguridad Social considera, entre otras, la prestación por maternidad, una ayuda económica con la que cubrir los ingresos que se dejan de percibir mientra dure el permiso por maternidad.

En este articulo te damos toda la información que necesitas sobre las prestación maternidad.

¿Qué es la prestación por maternidad?

El subsidio de baja por maternidad lo gestiona la Seguridad Social, con ello se intenta cubrir la carencia de ingresos de los trabajadores debido al nacimiento de un hijo, una adopción o la asignación de la tutela de un menor. Mientras dure el permiso por maternidad el contrato laboral queda paralizado durante el tiempo que ésta dure.

La prestación por maternidad comienza el mismo día en el que comience el periodo de baja.

Aunque es más conocido el permiso de maternidad, en la actualidad este permiso también puede ser disfrutado por el padre.

¿Cuánto se cobra de baja por maternidad?

Esta es una pregunta bastante común, en esta caso la cantidad a percibir corresponde al 100% de la base reguladora que tenga establecida por incapacidad temporal por contingencias comunes.

¿Quién puede solicitar la prestación por maternidad?

Los beneficiarios del subsidio por maternidad son todos los trabajadores por cuenta ajena o autónomos, siempre que reúnan los requisitos exigidos.

Podrán disfrutan del permiso ambos progenitores, si acreditan los requisitos necesarios cada uno de ellos.

Requisitos de cotización necesarios

Para poder disfrutar del subsidio por maternidad es imprescindible que el trabajador esté afiliado a la Seguridad Social, y que cumpla con los requisitos de cotización.

El tiempo de cotización necesario para poder acogerse a la prestación por maternidad varía según la edad del trabajador. En la siguiente tabla te mostramos esta información:

Edad del trabajadorPeriodo de cotización mínimo
Menores de 21 añosNo se exige periodo mínimo
De 21 años y menores de 26DOS OPCIONES
· 90 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio del descanso.
·180 días a durante toda la vida laboral del trabajador.
Mayor de 26 añosDOS OPCIONES
·180 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio del descanso.
·360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

Si necesitas solicitar tu vida laboral, visita como realizar la solicitud de la vida laboral.

¿Qué ocurre si la madre no reúne los requisitos de cotización? En este caso se puede acoger a la prestación de maternidad no contributiva. En estos casos la cantidad a percibir ronda los 17,93€/día como norma general.

Duración de la Baja por Maternidad

La duración del permiso es de 16 semanas ininterrumpidas, el cual se verá incrementado en dos semanas más por hijo, a partir del segundo, en los casos de parto, adopción o acogimiento.

Con carácter excepcional, podrá ampliarse este periodo hasta un máximo de 13 semanas adicionales si el recién nacido tiene que ser hospitalizado después del parto.

El padre puede disfrutar 10 de las 16 semanas correspondientes al permiso de maternidad

Los periodos de descanso por baja maternal, pueden ser compartidos por ambos progenitores con excepción de las seis primeras semanas las cuales son de disfrute exclusivo de la madre.

¿Cuándo comienza la prestación por maternidad?

El comienzo del periodo de permiso por maternidad, al igual que el cobro de la prestación, varía según las circunstancias personales:

Nacimiento

El permiso de maternidad se inicia:

  • En el instante del parto
  • Hasta 10 semanas previas al parto por prescripción médica

Adopción o acogimiento

La prestación de maternidad así como el pago de la prestación, comienza a partir de la resolución judicial que determina la adopción o el acogimiento.

En los casos de adopción internacional, podrá iniciarse el periodo hasta cuatro semanas antes de la resolución.

Cómo solicitar de la prestación por maternidad

Los plazos legales para solicitar la prestación por maternidad comienza desde el mismo momento que comienza el permiso de baja por maternidad.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS, o el Instituto Social de la Marina ISM en el caso de Trabajadores del Mar son los organismos responsables de la gestión de estas prestaciones.

Para solicitar el subsidio, se deberá presentar el Modelo oficial de Solicitud junto con la siguiente documentación en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social:

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud de Prestación por Maternidad. 
  • Españoles: Documento Nacional de Identidad DNI de los solicitantes
  • Extranjeros: Número de Identificación de Extranjero NIE junto con el pasaporte o documento equivalente de su país.

Junto con el modelo de solicitud adjuntamos los documentos de identificación.

Por nacimiento

  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud en los siguientes casos:
    • Cuando el descanso se inicie antes del parto.
    • Si fallece el hijo antes de nacer y ha permanecido al menos 180 días en el seno materno.
  • Libro de familia
  • Si parte del periodo de descanso es cedida al padre, deberá cumplimentarse la hoja número 5 del Modelo de Solicitud.

Por adopción o acogimiento

  • Resolución judicial que reconozca la adopción, tutela o acogimiento
  • Certificado de IMSERSO u órgano autonómico competente en los casos de discapacidad de menores mayores de 16 años.
  • Libro de familia
  • Hoja número 5 debidamente cumplimentada del modelo de solicitud cuando el padre disfrute simultáneamente o sucesivamente parte del permiso de maternidad.

Las solicitudes se resolverán en el plazo máximo de 30 días.

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